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Seguimiento y evaluación de los estudiantes de intercambio

Los estudiantes en régimen de intercambio pueden realizar distintas actividades académicas en el marco de las asignaturas impartidas por el Departamento. Para que puedan ser evaluadas y, en su caso, calificadas, deberán atenerse a las siguientes normas.

I. ASISTENCIA A LAS CLASES

Los estudiantes que sólo necesiten un certificado de asistencia a clases, deberán presentarse al Profesor de su grupo a comienzos del período lectivo, entregarle una ficha y manifestarle el interés en obtener el citado certificado, al objeto de que el Profesor pueda verificar la asistencia regular del estudiante a las clases. No se expedirán certificados de asistencia si no hay constancia de ésta por parte del Profesor.

II. EXAMEN DE LA ASIGNATURA

Los estudiantes que opten por la realización del examen correspondiente a la asignatura deberán atenerse a las normas generales aplicables a todos los estudiantes, es decir:

  1. Las convocatorias oficiales de examen comprenden el Programa completo de las asignaturas.
  2. Cualquier alteración de las convocatorias oficiales de examen fijadas por los Centros deberá ser acordada previamente con el Profesor con suficiente antelación y obedecer a una causa justificada.
  3. Los criterios de exigencia establecidos para superar el examen de una asignatura son los mismos para todos los estudiantes, sin discriminación por razón de la nacionalidad.
  4. La calificación de los exámenes se hará siempre de acuerdo con el baremo vigente en la Universidad de Granada.
  5. Cualquier estudiante en régimen de intercambio tiene derecho, como el resto de estudiantes, a dos convocatorias oficiales de examen, una ordinaria (en febrero o junio) y otra extraordinaria (en septiembre o diciembre). Como regla general para todos los estudiantes, los exámenes correspondientes a ambas convocatorias se realizarán en la Universidad de Granada.
  6. Respecto de las distintas asignaturas que imparte el Departamento en distintos Centros (Facultades de Derecho, Ciencias Políticas y Sociología, Traducción e Interpretación, Ciencias y Ciencias del Trabajo), no se “convalidarán” entre sí ni asignaturas completas ni partes del Programa.
  7. Las asignaturas del Departamento que pueden cursar los estudiantes en régimen de intercambio pueden tener carácter anual o cuatrimestral. Para uno y otro caso, debe tenerse en cuenta:
    1. Las asignaturas cuatrimestrales sólo son objeto de un examen ordinario -la convocatoria oficial.
    2. Las asignaturas anuales son objeto de dos exámenes por curso, el examen parcial -no oficial- y el examen final -oficial. La calificación de examen sólo se incluirá en el Acta y se computará el total de créditos de la asignatura en caso de superar la convocatoria oficial de junio -examen final.

En estos dos casos, los estudiantes que se matriculen para cursar la asignatura completa y llegaran a aprobar el examen parcial pero no el final, no podrán recibir acreditación de haber superado dicho examen parcial, ya que éste no tiene carácter oficial en el régimen anual, normal, del curso.

 

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